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Qué cambió en 2026: la nueva ley que afecta a residentes y expats

4 de junio de 2026

La Ley de Presupuesto 2025–2029 (Ley 20.446) rige desde enero de 2026 y trae el cambio fiscal más importante del año. Te contamos, en simple, qué cambió y a quién le afecta — con fuentes oficiales.

Si vivís en Uruguay o pensás mudarte, conviene saberlo: desde el 1 de enero de 2026 rige una ley nueva que cambia cómo se gravan ciertas rentas. Para la mayoría de los que solo facturan acá, no cambia casi nada; pero si tenés ingresos del exterior — o estás por venirte — sí te toca. Acá va lo esencial, sin vueltas.

Una ley nueva, vigente desde enero

El cambio viene en la Ley de Presupuesto 2025–2029 (Ley N.º 20.446), que entró en vigencia el 1 de enero de 2026. El Ministerio de Economía lo resume así:

El origen del cambio, en palabras del propio Ministerio de Economía:

«La Ley de Presupuesto Nacional (N°20.446 de 16 de diciembre de 2025) introdujo modificaciones al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) aplicable a ciertas rentas de capital provenientes del exterior.»
MEF — Rendimientos e incrementos patrimoniales del exteriorhttps://www.gub.uy/ministerio-economia-finanzas/comunicacion/noticias/rendimientos-incrementos-patrimoniales-del-exterior-dgi-suspende-pago

El cambio grande: rentas de capital del exterior

Hasta ahora, buena parte de los rendimientos del exterior no pagaba impuestos en Uruguay. Desde 2026, los rendimientos e incrementos de capital (mobiliario e inmobiliario) provenientes de entidades no residentes se consideran de fuente uruguaya y pagan IRPF, en general al 12% (una reglamentación puede bajarlo al 8% cuando hay retención local). En criollo: si cobrás intereses, dividendos o rentas de inversiones del exterior, eso ahora puede tributar acá. Si solo tenés ingresos locales, no cambia.

DGI — Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF)https://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/tematica/impuesto-rentas-personas-fisicas-irpf

Para quien recién llega: el “tax holiday” se amplió

Hay una contracara para los recién llegados. Quien adquiere la residencia fiscal desde 2026 puede optar por no pagar IRPF por esas rentas del exterior durante el año del cambio y los diez siguientes (antes eran cinco). La DGI lo dice así:

La opción para nuevos residentes, ahora por once años en total:

«el IRNR, por el ejercicio fiscal en que se verifique el cambio de residencia a territorio nacional y durante los diez ejercicios fiscales siguientes»
DGI — Tax Holidays para nuevos residentes fiscaleshttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/tax-holidays-opcion-para-nuevos-residentes-fiscales-uruguay

Otros ajustes que conviene saber

Además del cambio grande, hay algunos retoques:

  • Se puede compensar el crédito de FONASA con deuda de IRPF (si debés IRPF, te pueden retener la devolución de FONASA).
  • Para los incrementos patrimoniales del exterior hay una opción de tributación ficta anual.
  • Se ajustaron las franjas del IRPF y el IASS, y la BPC 2026 quedó en $6.864.

¿Te afecta?

Tu situación¿Cambia algo en 2026?
Solo facturás en Uruguay (servicios/comercio local)No — tu unipersonal sigue igual
Tenés rentas de capital del exterior (intereses, dividendos, alquileres)Sí — ahora pueden pagar IRPF (12%)
Sos nuevo residente fiscal desde 2026Podés optar por el tax holiday (año + 10)

En resumen: la gran novedad de 2026 es que ciertas rentas de capital del exterior pasaron a tributar IRPF, con un tax holiday ampliado para los recién llegados. El régimen todavía se está reglamentando, así que las fechas y detalles pueden moverse: si tenés ingresos del exterior, confirmá tu caso con la DGI y un contador. ¿Querés entender la base? Mirá nuestros posts sobre el IRPF y sobre residencia fiscal y tax holiday.