Aguinaldo y salario vacacional: qué son y cómo se gravan
El aguinaldo y el salario vacacional son pagos extra que le corresponden al trabajador. Qué son, cuándo se pagan y cómo tributan — con fuentes oficiales.
Si tenés empleados (o sos uno), hay dos pagos extra además del sueldo: el aguinaldo y el salario vacacional. No son opcionales — son un derecho. Acá va qué son, cuándo se pagan y cómo se gravan.
El aguinaldo (sueldo anual complementario)
El aguinaldo es, básicamente, un sueldo extra al año. La ley lo define así:
La ley define el aguinaldo así:
«Por sueldo anual complementario se entiende la doceava parte del total de los salarios pagados en dinero por el patrón en los doce meses anteriores al 1.º de diciembre de cada año.»MTSS — Sueldo anual complementario (aguinaldo)https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/politicas-y-gestion/derecho-reglamentacion-laboral/derecho-laboral-uruguayo/sueldo-anual-complementario-aguinaldo
En la práctica se paga en dos etapas: lo generado hasta el 31 de mayo, en junio; y lo generado de junio a noviembre, antes del 20 de diciembre (las fechas exactas las fija un decreto cada año). Si el vínculo se corta, te corresponde la parte proporcional.
Ley N.º 12.840 (aguinaldo) — IMPOhttps://www.impo.com.uy/bases/leyes/12840-1960El salario vacacional
Es una suma extra que se paga para el mejor goce de la licencia (las vacaciones): además de cobrar tus días de licencia, recibís este complemento para disfrutarlos. Se calcula sobre los días de licencia que te corresponden.
MTSS — Derecho laboral uruguayohttps://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/politicas-y-gestion/derecho-reglamentacion-laboral/derecho-laboral-uruguayo¿Cómo se gravan?
Los dos están gravados como salario: llevan aportes a la seguridad social y entran en el cálculo del IRPF. No son “plata libre de impuestos”; se tratan como remuneración. Por eso conviene preverlos en tus números.
Si tenés empleados
Como empleador, el aguinaldo y el salario vacacional son costos que debés vos, además del sueldo. Tenelos en cuenta al presupuestar una contratación — lo vemos también en el post de contratar a tu primer empleado.
De un vistazo
| Pago | Qué es / cuándo |
|---|---|
| Aguinaldo | 1/12 de lo cobrado en el año; en junio y antes del 20/12 |
| Salario vacacional | Extra para el goce de la licencia |
| Impuestos | Ambos gravados como salario (aportes + IRPF) |
En resumen: el aguinaldo es un doceavo de lo cobrado en el año, pagado en dos etapas, y el salario vacacional es un extra para tus vacaciones — ambos gravados como salario. Verificá las fechas del decreto vigente y consultá al MTSS o tu contador.