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Contribución inmobiliaria en Uruguay: qué es y quién la paga

14 de junio de 2026

Es el impuesto anual sobre tu inmueble que cobra la intendencia, según el valor catastral. Quién paga, en qué se diferencia del Impuesto de Primaria y cómo se abona — con fuentes oficiales.

Si tenés una propiedad, además del Impuesto de Primaria pagás la contribución inmobiliaria. Son cosas distintas: una es nacional (DGI) y la otra es departamental (la intendencia). Acá te explicamos qué es la contribución, quién la paga y cómo se abona.

Qué es

Es un tributo anual sobre los inmuebles, calculado en relación al valor real (catastral) del padrón. Lo gestionan y cobran las intendencias departamentales; existe en su versión urbana (zonas urbanas y suburbanas) y rural.

Intendencia de Montevideo — Contribución inmobiliariahttps://tramites.montevideo.gub.uy/tramites-y-tributos/contribucion-inmobiliaria

Quién la paga

La pagan los propietarios o poseedores a cualquier título, los promitentes compradores con promesa inscripta o fecha cierta, y los mejores postores en remate judicial. Es por padrón, no por persona: si tenés varios inmuebles, pagás por cada uno.

No confundir con Primaria ni con el ITP

Son tres tributos distintos sobre inmuebles: la contribución inmobiliaria (departamental, anual, por tener el inmueble), el Impuesto de Enseñanza Primaria (nacional, DGI, también por la propiedad), y el ITP (al transferir el inmueble por venta o herencia). El marco general de la contribución viene de la Ley 9.189:

Ley N.º 9.189 (contribución inmobiliaria) — IMPOhttps://www.impo.com.uy/bases/leyes/9189-1934

Cómo se paga

Suele poder pagarse de una vez (con descuento por pago contado, a inicios de año) o en cuotas a lo largo del año, según el calendario de cada intendencia. Consultá tu deuda y el calendario en el sitio de tu intendencia.

De un vistazo

PreguntaRespuesta
¿Quién la cobra?La intendencia (departamental)
¿Sobre qué?Valor catastral del inmueble
¿Quién paga?Propietario / poseedor del padrón
¿Cómo se paga?Contado o en cuotas (según intendencia)

En resumen: la contribución inmobiliaria es el impuesto departamental anual por tener un inmueble, distinto de Primaria (nacional) y del ITP (al transferir). Consultá deuda, exoneraciones y calendario en tu intendencia.