Devolución de FONASA: cómo recuperar lo que aportaste de más
Si aportaste a FONASA por encima de un tope anual, el BPS te devuelve la diferencia. Quiénes tienen derecho, cómo funciona el tope y cómo cobrarlo — con la fuente oficial del BPS.
Mucha gente no lo sabe, pero cada año el BPS devuelve dinero a quienes aportaron a FONASA más de lo que les correspondía. No es un trámite raro: es un derecho que surge solo de comparar tus aportes con un tope. Acá te explicamos cómo funciona y cómo cobrarlo.
Qué es la devolución FONASA
FONASA es el fondo que financia tu cobertura de salud (mutualista o ASSE). Cada mes aportás un porcentaje de tus ingresos. Pero ese aporte tiene un límite anual: si en el año aportaste más que ese tope, el excedente te lo devuelven. Así lo define el BPS:
Según el BPS:
«Surge de comparar los aportes personales Fonasa (de enero a diciembre) con un tope anual.»BPS — Cálculo de la devolución Fonasahttps://www.bps.gub.uy/10576/calculo-de-la-devolucion-fonasa.html
Quiénes pueden cobrarla
La devolución alcanza a quienes hicieron aportes personales de FONASA por encima del tope. En la práctica, suele beneficiar a quienes tienen ingresos medios o altos:
- Trabajadores dependientes (empleados).
- No dependientes: titulares de empresas unipersonales y de servicios personales.
- Jubilados y pensionistas.
Cómo funciona el tope
El tope anual se calcula a partir del costo promedio equivalente (CPE) mensual de la cobertura, incrementado en un 25 %, sumando al titular y a las personas que tiene a cargo (hijos, cónyuge o concubino). Se cuentan solo los meses en que tuviste el beneficio. Si tus aportes del año superaron ese tope, la diferencia es tu devolución.
Cómo y cuándo se cobra
La devolución se procesa una vez al año (alrededor de la mitad del año, sobre los aportes del año anterior). El BPS habilita la consulta en línea y avisa cómo cobrar: por transferencia bancaria, instrumentos de dinero electrónico o en redes de cobranza (Abitab, Redpagos, ANDA) con tu documento. No siempre es automático para no dependientes, que pueden tener que presentar una declaración jurada.
BPS — Devolución Fonasahttps://www.bps.gub.uy/10573/devolucion-fonasa.htmlDe un vistazo
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Qué es? | Reintegro del aporte FONASA sobre el tope |
| ¿Quiénes? | Empleados, unipersonales, jubilados |
| ¿El tope? | Costo promedio (CPE) + 25 %, por persona a cargo |
| ¿Cuándo? | Una vez al año, sobre el año anterior |
En resumen: si aportaste a FONASA más que el tope anual, te corresponde una devolución. Revisá tu situación en el BPS —puede ser plata tuya esperando— y, si sos no dependiente, fijate si tenés que presentar la declaración.