La declaración jurada de IRPF para independientes: paso a paso (2026)
Una vez al año los independientes hacen la declaración jurada del IRPF. Suena complicado, pero es manejable. Te mostramos quién la presenta, las fechas 2026 y cómo hacerla — con fuentes oficiales.
Si trabajás por tu cuenta como servicio personal, una vez al año tenés que “hacer la DGI”: la declaración jurada del IRPF. No te asustes — gran parte viene precargada y se hace por internet. Acá te explicamos quién la presenta, las fechas de este año y los pasos, en simple.
¿Qué es y quién la presenta?
La declaración jurada es el resumen anual de lo que ganaste y lo que ya pagaste. La presentan los trabajadores independientes —profesionales y no profesionales— que prestaron servicios personales fuera de relación de dependencia y no tributaron IRAE por esas rentas. Se usa el formulario 1102 (o 1103); y, si correspondiera, el formulario 1302 para el IVA servicios personales.
Las fechas (ejercicio 2025)
El período para presentar va del 29 de junio al 31 de agosto, y es el mismo para todos, sin importar el dígito del RUT. El formulario aparece precargado por la DGI unos días antes (hacia el 26 de junio). Mirá el cuadro oficial:
DGI — Vencimientos IRPF e IVA servicios personaleshttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/vencimientos-para-contribuyentes-del-irpf-iva-servicios-personalesPagar el saldo en cuotas
Si te da saldo a pagar, buena noticia: no es todo de golpe. El saldo se puede dividir en hasta cinco cuotas. La DGI lo dice así:
El saldo anual se puede pagar en partes, no todo junto:
«Los contribuyentes del IRPF y del IASS, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente al 31 de diciembre de 2025 en 5 cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos.»DGI — Vencimientos: calendario generalhttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/vencimientos-2026-calendario-general-actualizado
Paso a paso
El camino, en orden:
- Entrá a Servicios en Línea de la DGI (o a la app) con tu identidad digital.
- Abrí el formulario 1102 (o 1103): viene con datos precargados.
- Verificá y completá tus ingresos, retenciones y pagos a cuenta del año.
- Sumá tus deducciones (aportes, hijos, alquiler…) — las vemos en nuestro post de deducciones.
- Si tenés IVA servicios personales, presentá también el formulario 1302.
- Confirmá. Pagá el saldo (en cuotas, si querés) o esperá la devolución.
Si te da a favor o en contra
De la declaración sale un número: o te sobra (crédito → la DGI te devuelve) o te falta (saldo → pagás). Si te toca devolución, mirá nuestro post sobre cómo y cuándo se cobra.
La declaración de un vistazo
| Qué | Detalle |
|---|---|
| Quién | Independientes de servicios personales que no tributaron IRAE |
| Formularios | 1102 o 1103 (IRPF) + 1302 (IVA servicios personales) |
| Cuándo | Del 29 de junio al 31 de agosto |
| Cómo | Servicios en Línea de la DGI / app, con identidad digital |
| Saldo | Se puede pagar en hasta 5 cuotas |
En resumen: la declaración jurada es el cierre anual de tu IRPF — precargada, por internet, del 29 de junio al 31 de agosto, y con el saldo en cuotas. Antes de confirmar, repasá tus deducciones para no pagar de más. ¿Querés tener tus fechas y montos claros todo el año? Tributo te arma el calendario. Y verificá siempre los plazos vigentes en la DGI.