El IRPF explicado: qué es, sus dos categorías y la escala del trabajo
El IRPF es el impuesto a la renta de las personas físicas en Uruguay. Te explicamos sus dos categorías (capital y trabajo), la escala progresiva del trabajo y cuándo una unipersonal paga IRPF en lugar de IRAE — con citas y fuentes oficiales.
El IRPF es el impuesto que paga la gente por lo que gana: el sueldo de un empleado, el alquiler de un propietario, los honorarios de un profesional independiente. Si trabajás por tu cuenta en Uruguay, en muchos casos este es tu impuesto. Acá te explicamos qué es el IRPF, cómo se divide, cómo funciona su escala y cuándo te toca a vos.
Qué es el IRPF
IRPF significa Impuesto a la Renta de las Personas Físicas. Es un impuesto personal y anual que grava las rentas de las personas físicas residentes en Uruguay. Su rasgo clave es que es “dual”: separa las rentas en dos categorías y las trata distinto, según vengan del capital o del trabajo.
DGI — Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF)https://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/tematica/impuesto-rentas-personas-fisicas-irpfDos categorías: capital y trabajo
La Categoría I son las rentas del capital: alquileres, intereses, dividendos y los incrementos patrimoniales (por ejemplo, la venta de un inmueble). Suelen tributar a tasas fijas, muchas veces por retención. La Categoría II son las rentas del trabajo: el sueldo en relación de dependencia y también el trabajo independiente. Estas tributan con una escala progresiva. El impuesto se calcula por separado para cada categoría:
Buena parte del IRPF del trabajo lo recauda el BPS junto con los aportes:
«El BPS, en su carácter de organismo colaborador con la DGI, recauda de sus afiliados activos el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) derivadas del trabajo.»BPS — Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF)https://www.bps.gub.uy/10323/impuesto-a-la-renta-de-las-personas-fisicas-irpf.html
La escala progresiva del trabajo
Las rentas del trabajo se gravan por franjas, medidas en BPC (Base de Prestaciones y Contribuciones). Es progresivo: cada tramo de tu ingreso paga su propia tasa, no todo a la tasa más alta. Lo primero —hasta 7 BPC— no paga nada: es el mínimo no imponible. De ahí en adelante, las tasas van del 10% al 36%. Esta es la escala (franjas mensuales en BPC):
| Franja (en BPC) | Tasa |
|---|---|
| Hasta 7 BPC | 0% |
| De 7 a 10 BPC | 10% |
| De 10 a 15 BPC | 15% |
| De 15 a 30 BPC | 24% |
| De 30 a 50 BPC | 25% |
| De 50 a 75 BPC | 27% |
| De 75 a 115 BPC | 31% |
| Más de 115 BPC | 36% |
IRPF para unipersonales: los servicios personales
¿Cuándo paga IRPF una unipersonal? Cuando lo que hacés es un servicio personal donde predomina el trabajo, sin una estructura empresarial detrás. La ley del IRAE excluye expresamente de la renta empresarial al trabajo de los profesionales y otros oficios cuando el factor que predomina es el trabajo — y esas rentas van por IRPF (con la opción de tributar IRAE si conviene):
La ley lo dice del lado del IRAE: el trabajo profesional, cuando predomina, queda fuera de la renta empresarial — y tributa IRPF:
«No se encuentran comprendidas en el inciso anterior las rentas derivadas de actividades desarrolladas en el ejercicio de su profesión por profesionales universitarios con título habilitante, rematadores, despachantes de aduana, corredores y productores de seguros (…), siempre que el factor productivo predominante lo constituya el trabajo.»DGI — Texto Ordenado, Título 4 (IRAE)https://www.impo.com.uy/bases/todgi-2023/4-2024
Deducciones y ajuste anual
El IRPF del trabajo no se calcula solo sobre lo que ganás: podés restar deducciones (aportes jubilatorios, FONASA, hijos a cargo, alquiler, entre otras), que se valorizan a una tasa (14% u 8% según tu nivel de ingresos). Durante el año se hacen anticipos, y al cierre hay un ajuste anual (la declaración jurada) que devuelve si pagaste de más o cobra si pagaste de menos.
IRPF, IRAE y Monotributo
Tres caminos para la misma persona, según su actividad. Si predomina el trabajo, IRPF; si hay combinación de capital y trabajo, IRAE; y si sos muy chico, Monotributo. Lo vemos en detalle en nuestros posts sobre el régimen de IRAE y sobre quién puede abrir una unipersonal.
En resumen: el IRPF grava las rentas de las personas físicas, separadas en capital (Categoría I) y trabajo (Categoría II). El trabajo paga por una escala progresiva del 0% al 36%, con los primeros 7 BPC exentos, y permite deducciones y un ajuste anual. Si tu unipersonal es trabajo puro, probablemente este sea tu impuesto. ¿Querés saber cuánto y cuándo en tu caso? Tributo te arma el calendario. Y verificá siempre en la DGI antes de decidir.