Devolución de IRPF: quién cobra, cuándo y cómo (2026)
Si te retuvieron de más de IRPF durante el año, la DGI te lo devuelve. Te contamos quién cobra, las fechas 2026 y cómo retirarlo — con fuentes oficiales.
El IRPF se va pagando durante el año con retenciones y anticipos. Si al final pagaste de más, no se pierde: la DGI te lo devuelve. Acá te explicamos en simple quién cobra devolución, cuándo y cómo retirarla.
Crédito o saldo: dos finales posibles
Al cerrar el año pueden pasar dos cosas. Si te retuvieron de más, te queda un crédito (saldo a favor) y la DGI te devuelve la diferencia. Si te faltó pagar, te queda un saldo y lo pagás. La devolución es habitual en quienes tuvieron varios trabajos, cambios de ingreso o muchas deducciones.
Cuándo se cobra (2026)
Las fechas dependen de tu caso. Los trabajadores dependientes con crédito que no necesitan presentar declaración cobran primero; las devoluciones que salen de una declaración jurada se pagan más adelante. La DGI lo fija así:
Primero cobran los dependientes con crédito:
«A partir del 16 de junio comienzan las devoluciones automáticas para trabajadores dependientes.»DGI — Calendario de la Campaña 2026 de IRPFhttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/noticias/calendario-campana-2026-irpf
Y después, las que salen de la declaración jurada:
«A partir del 28 de julio se cobrarán las devoluciones con origen en la declaración jurada.»DGI — Calendario de la Campaña 2026 de IRPFhttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/noticias/calendario-campana-2026-irpf
Cómo cobrarla y consultar el estado
La devolución se cobra en bancos o redes de cobranza (Abitab, Redpagos). Podés ver el estado en “Consulta de Devoluciones” de Servicios en Línea, ingresando con tu Identidad digital (también por la app o por WhatsApp de la DGI). Un detalle útil: si presentás tu declaración antes del día 15, la devolución suele estar disponible antes de fin de ese mes.
DGI — Calendario de devoluciones IRPF / IASShttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/calendario-devoluciones-irpf-iassSi sos independiente
Si trabajás por tu cuenta (servicio personal), tu devolución sale de la declaración jurada — es decir, se cobra a partir del 28 de julio, una vez que la presentaste. Por eso, cuanto antes la hagas, antes cobrás. Cómo hacerla, en nuestro post de la declaración anual.
La devolución de un vistazo
| Caso | Cuándo se cobra |
|---|---|
| Dependiente con crédito, sin declaración | Desde el 16 de junio |
| Declaración presentada antes del día 15 | Antes de fin de ese mes |
| Devolución con origen en declaración jurada | Desde el 28 de julio |
En resumen: si pagaste IRPF de más, la DGI te lo devuelve — los dependientes desde mediados de junio, y las devoluciones de declaración desde fines de julio. Consultá tu estado con Identidad digital y cobrá en banco o red. ¿Sos independiente? Presentá tu declaración cuanto antes. Y verificá siempre el calendario vigente en la DGI.