BetaTributo está en fase de prueba. Verificá siempre cada monto y fecha en DGI y BPS antes de actuar.
Tributo Blog
Empezar gratis

Qué formas jurídicas existen para una empresa en Uruguay

3 de junio de 2026

Un mapa simple de todas las formas de empresa en Uruguay — de la unipersonal a la SA — con la definición oficial y el enlace a la fuente de cada una.

Antes de arrancar conviene entender una diferencia: la forma jurídica es la “estructura legal” de tu negocio (quién es dueño y quién responde por las deudas), y el régimen tributario es cómo pagás impuestos. Acá te mostramos todas las formas jurídicas que existen en Uruguay, en palabras simples y con la cita oficial al lado. Tributo, por ahora, se enfoca en la unipersonal y el monotributo — pero está bueno conocer el panorama completo.

Por tu cuenta (una sola persona)

Es la forma más simple y la más común para quien trabaja solo. No se crea una empresa “aparte” de vos: vos sos la empresa. Te inscribís en DGI y BPS con tu RUT y empezás a facturar a tu nombre. La contracara: como no existe una persona jurídica separada, si el negocio queda debiendo, respondés con tus bienes personales. Ejemplos típicos: un programador, un electricista o un kiosquero que factura por su cuenta.

«Mediante una Empresa Unipersonal una persona natural o jurídica, podrá destinar sus activos para la realización de una o varias actividades de carácter mercantil. Ésta no posee personería jurídica y el titular de la empresa responde personal e ilimitadamente por las obligaciones de la misma.»
MEF — Unipersonaleshttps://www.gub.uy/ministerio-economia-finanzas/institucional/empresas/unipersonales

Sociedades (con personería jurídica)

Las sociedades sí tienen personería jurídica propia: la empresa es “alguien” distinto de sus dueños. Las tres más usadas son la SRL, la SA y la SAS.

«Los tipos societarios comúnmente más utilizados son: Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada y Sociedades por Acciones Simplificadas.»
Uruguay XXI — Establecer una empresahttps://www.uruguayxxi.gub.uy/es/quiero-invertir/guias-inversor/establecer-una-empresa/

SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada): pensada para pocos socios. El capital se divide en “cuotas” (no se venden libremente como acciones) y cada socio arriesga solo lo que aportó.

«El capital se dividirá en cuotas de igual valor, acumulables e indivisibles, que no podrán ser representadas por títulos negociables. La responsabilidad de los socios se limitará a la integración de sus cuotas.»
MEF — Sociedades Comercialeshttps://www.gub.uy/ministerio-economia-finanzas/institucional/empresas/sociedades-comerciales

SA (Sociedad Anónima): el capital se divide en acciones que pueden transferirse. Es la forma clásica para empresas más grandes o con varios inversores; los accionistas arriesgan solo lo que pusieron.

«El capital se dividirá en acciones, las que podrán representarse en títulos negociables. La responsabilidad de los accionistas se limitará a la integración de las acciones que suscriban.»
MEF — Sociedades Comercialeshttps://www.gub.uy/ministerio-economia-finanzas/institucional/empresas/sociedades-comerciales

SAS (Sociedad por Acciones Simplificada): una versión moderna y flexible, popular para emprendimientos. La puede crear una sola persona o varias, con trámites más simples.

«Las sociedades por acciones simplificadas (SAS) pueden ser constituidas por personas físicas o jurídicas, en forma individual o colectiva, para el desarrollo de actividades rurales, industriales o comerciales.»
BPS — Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)https://www.bps.gub.uy/17793/sociedades-por-acciones-simplificadas---sas.html

Otras formas

Existen también formas menos comunes: sociedad de hecho (socios sin contrato formal), colectiva, en comandita, de capital e industria, además de cooperativas, sucursales de empresas extranjeras y agrupamientos como consorcios y grupos de interés económico (GIE).

«Otros tipos societarios menos utilizados son sociedades colectivas, sociedades en comandita, sociedades de Capital e Industria y sociedades de Hecho. También se puede operar como cooperativas, sucursales extranjeras, consorcios y grupos de interés económico (GIE) y, en caso de emprendimientos individuales, empresas unipersonales.»
Uruguay XXI — Establecer una empresahttps://www.uruguayxxi.gub.uy/es/quiero-invertir/guias-inversor/establecer-una-empresa/

Resumen: todas las formas jurídicas

FormaIntegrantesResponsabilidadPersonería jurídica
Unipersonal1IlimitadaNo
Sociedad de hecho2+Ilimitada y solidariaNo
Sociedad colectiva2+Ilimitada y solidaria
En comandita2+Mixta (según el socio)
De capital e industria2+Mixta
SRL2–50Limitada a lo aportado
SA (Sociedad Anónima)Varios / inversoresLimitada a lo aportado
SAS1 o variosLimitada a lo aportado
CooperativaVarios miembrosLimitada
Sucursal extranjeraCasa matrizDe la casa matrizNo (actúa la matriz)
Consorcio / GIEVarias empresasSegún el contratoSegún el caso
  • Unipersonal — una sola persona; vos sos la empresa y respondés con tu patrimonio personal.
  • Sociedad de hecho — dos o más personas trabajando juntas sin contrato formal.
  • SRL — pocos socios, capital en cuotas, cada uno arriesga solo lo que aportó.
  • SA (Sociedad Anónima) — capital en acciones transferibles; para empresas más grandes o con inversores.
  • SAS — versión moderna y flexible de sociedad por acciones; la puede crear una sola persona.
  • Sociedades colectivas, en comandita y de capital e industria — formas societarias clásicas, hoy poco usadas.
  • Cooperativas — empresas de propiedad colectiva de sus integrantes.
  • Sucursal de empresa extranjera — una compañía de otro país que opera en Uruguay.
  • Consorcios y grupos de interés económico (GIE) — acuerdos entre empresas para un fin común.

¿Y el monotributo? No está en esta lista a propósito: no es una forma jurídica, sino un régimen tributario que pueden usar una unipersonal o una sociedad de hecho.

El monotributo es un régimen tributario, no una forma jurídica

El monotributo no es otra forma de empresa: es un “plan simplificado” para negocios muy chicos. Si tu actividad es pequeña y cumplís los requisitos, en lugar de pagar IVA, IRAE y los aportes por separado, pagás una sola cuota mensual baja al BPS que junta casi todo. Por dentro seguís siendo una unipersonal (o una sociedad de hecho): el monotributo es solo la manera de tributar. Ideal para ferias, pequeños comercios o servicios con poca facturación.

«El titular, cónyuge o socio en el régimen de Monotributo, realizan sus aportes jubilatorios y el Fondo de Reconversión Laboral (FRL) sobre la base de un monto predeterminado que equivale a 5 BFC.»
BPS — Aportación de monotributohttps://www.bps.gub.uy/10444/aportacion-de-monotributo.html

En resumen: si trabajás solo, la forma típica es la unipersonal; si sos varios socios o querés limitar tu responsabilidad, mirás una SRL, SA o SAS. El monotributo va aparte: no es una forma, es un régimen tributario que una unipersonal chica puede elegir para pagar más simple. Para decidir bien conviene un contador, y siempre verificá en los sitios oficiales. Tributo te arma el calendario de impuestos y aportes una vez que ya tenés tu unipersonal (con o sin monotributo).