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El Literal E (IVA mínimo): el régimen más simple para una unipersonal chica

20 de junio de 2026

El Literal E exonera del IRAE a los contribuyentes más chicos y los deja pagando un IVA mínimo fijo. Qué es, el tope de 305.000 UI, qué pagás y a quién le conviene — con fuentes oficiales.

Si tu facturación es modesta, el Literal E es probablemente tu mejor amigo: te exonera del IRAE y te deja pagando un IVA mínimo fijo por mes, sin liquidar IVA común. Es el régimen de la mayoría de las unipersonales chicas. Acá va cómo funciona y cuándo conviene.

¿Qué es el Literal E?

Es la exoneración de IRAE para “pequeñas empresas”, prevista en el literal E) del artículo 66 del Título 4 (antes artículo 52 del Texto Ordenado 1996). La ley lo define así:

El Título 4 exonera del IRAE, en su literal E):

«Las obtenidas por los contribuyentes cuyos ingresos no superen anualmente el monto que establezca el Poder Ejecutivo.»
IMPO — Título 4 (IRAE), art. 66 literal E)https://www.impo.com.uy/bases/todgi-2023/4-2024

El tope: 305.000 UI al año

El “monto que establezca el Poder Ejecutivo” está fijado en 305.000 UI de ingresos anuales (se toma la cotización de la UI al inicio del ejercicio). Mientras no superes ese tope, podés ampararte al Literal E. Si lo superás, pasás al régimen general (IVA + IRAE). Verificá siempre el valor vigente.

Qué pagás (y de qué te salvás)

En el Literal E no liquidás IVA común (débito menos crédito): pagás un IVA mínimo, un monto fijo mensual. Como contrapartida, no podés descontar el IVA de tus compras. Y quedás exonerado del IRAE, así que no presentás su declaración. Los aportes al BPS se pagan aparte, según tu categoría.

¿A quién le conviene? ¿Quién queda afuera?

Le sirve a quien factura poco y quiere lo más simple posible. Ojo con un detalle clave: la exoneración es para rentas empresariales. Quien obtiene solo rentas de trabajo (servicios personales puros, sin capital) queda excluido del Literal E aunque no supere el tope. La DGI publica una comparación entre Pequeña Empresa y Monotributo:

DGI — Comparación de Pequeña Empresa y Monotributohttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/comparacion-pequena-empresa-monotributo

De un vistazo

PreguntaRespuesta
¿Tope?305.000 UI de ingresos anuales
¿IRAE?Exonerado (no se presenta declaración)
¿IVA?IVA mínimo (monto fijo mensual)
¿Descuento IVA de compras?No
¿BPS?Aparte, según categoría

En resumen: el Literal E exonera del IRAE y cobra un IVA mínimo fijo, ideal para unipersonales chicas — con un tope de 305.000 UI y la salvedad de los servicios personales puros. Verificá tu caso y el tope vigente en la DGI, y ante dudas consultá a tu contador.