Pensión a la vejez e invalidez (no contributiva) en Uruguay
Es una prestación del BPS para quienes no pueden jubilarse y carecen de recursos: por vejez (70+) o por invalidez. Requisitos y cómo funciona — con fuentes oficiales.
No todos llegan a la jubilación con aportes suficientes. Para esos casos existe una red de protección: la pensión no contributiva a la vejez e invalidez del BPS. No depende de haber aportado, sino de la edad o la incapacidad y de la situación económica. Acá va cómo funciona.
Qué es
Es una prestación monetaria mensual del BPS para personas que no acceden a una jubilación contributiva y se encuentran en situación de carencia de recursos. Tiene dos vías: por vejez y por invalidez.
Pensión por vejez
Para personas mayores sin recursos suficientes. Requisitos principales:
- Tener 70 años o más.
- Ser habitante de la República, con al menos 10 años de residencia en el país (dentro de los últimos 20).
- Estar en situación de carencia de recursos para cubrir necesidades vitales (se consideran ingresos propios y de familiares obligados a darte alimentos).
Pensión por invalidez
Para personas con incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo, que no acceden a una jubilación y carecen de recursos, con la misma exigencia de residencia. En casos de incapacidad severa, el BPS no releva ingresos propios ni de familiares.
BPS — Pensión por invalidezhttps://www.bps.gub.uy/20545/pension-por-invalidez.htmlDe un vistazo
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Quién la paga? | BPS |
| ¿Vejez? | 70+ años, sin recursos |
| ¿Invalidez? | Incapacidad absoluta y permanente |
| ¿Residencia? | 10 años (en los últimos 20) |
En resumen: si no podés jubilarte y no tenés recursos, la pensión no contributiva del BPS puede ser tu red de apoyo, por vejez (70+) o por invalidez. Verificá requisitos y montos vigentes en el BPS.