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Vender una propiedad: el IRPF por incremento patrimonial

9 de junio de 2026

Cuando vendés un inmueble, la ganancia paga IRPF: 12% sobre el incremento patrimonial. Cómo se calcula, quién lo retiene y la exoneración de la vivienda — con fuentes oficiales.

Comprar un inmueble tiene su impuesto (el ITP); venderlo también. Si vendés una propiedad y obtenés una ganancia, esa ganancia paga IRPF como incremento patrimonial. La buena noticia: no es sobre todo el precio, sino sobre la ganancia, y tu vivienda puede estar exonerada. Acá va cómo funciona.

Cuánto: 12% sobre la ganancia

La tasa es clara y la fija la DGI:

Según la DGI, el impuesto se calcula:

«aplicando la tasa del 12% (doce por ciento) al valor de la renta computable»
DGI — IRPF incrementos patrimoniales de inmuebles urbanoshttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/irpf-incrementos-patrimoniales-inmuebles-urbanos

Cómo se calcula la ganancia

La renta computable (la ganancia) es, a grandes rasgos, la diferencia entre el precio de venta (o el valor catastral, el mayor de los dos) y la suma de: el costo fiscal actualizado de lo que pagaste al comprar, el ITP que pagaste como vendedor y las mejoras documentadas. Para inmuebles adquiridos antes de la reforma de 2007 existe además un método ficto. La actualización del costo se hace con coeficientes que publica la DGI:

DGI — Coeficiente de ajuste de inmuebleshttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/datos-y-estadisticas/datos/coeficiente-ajuste-inmuebles

El escribano lo retiene

No tenés que ir vos a la DGI: igual que con el ITP, el escribano que interviene en la compraventa es agente de retención del IRPF por la ganancia, lo retiene y lo vuelca. Lo vemos también en nuestro post de comprar una propiedad.

La exoneración de tu vivienda

Punto clave para quien vende su casa: la venta de la vivienda permanente está exonerada de IRPF si el valor del inmueble vendido no supera 1.200.000 UI y reinvertís el producido en otra vivienda (cumpliendo las condiciones). Por eso, vender tu única casa para comprar otra muchas veces no genera IRPF.

De un vistazo

PreguntaRespuesta
¿Qué paga?IRPF por incremento patrimonial
¿Cuánto?12% sobre la ganancia
¿Quién lo retiene?El escribano de la operación
¿Mi vivienda?Exonerada hasta 1.200.000 UI (reinvirtiendo)

En resumen: vender un inmueble con ganancia paga IRPF al 12% sobre esa ganancia (no sobre el precio), lo retiene el escribano, y tu vivienda permanente puede estar exonerada hasta 1.200.000 UI. Hacé los números con tu escribano o contador antes de vender.