Servicios personales: ¿IRPF o IRAE? La opción y cuándo conviene
Si prestás servicios profesionales por tu cuenta, podés elegir tributar IRPF o IRAE — y arriba de cierto monto, el IRAE es obligatorio. Cuándo conviene cada uno, con fuentes oficiales.
Como profesional o prestador de servicios independiente, no siempre estás atado a un solo impuesto: hay una decisión que puede ahorrarte plata. Podés tributar IRPF o, si te conviene, optar por el IRAE. Acá va cómo funciona la opción y cuándo elegir cada uno.
Podés elegir
La regla de base te da libertad de elección. Según la DGI:
Según la DGI:
«Quienes obtengan rentas por servicios personales fuera de la relación de dependencia podrán optar por tributar el IRPF o el IRAE.»DGI — Servicios personales: opción e inclusión preceptiva en el IRAEhttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/servicios-personales-opcion-inclusion-perceptiva-irae
Pero el IRAE te ata por 3 años
Cuidado con elegir a la ligera: la opción por IRAE no es de un año. Una vez que optás, quedás obligado a seguir:
Sobre la permanencia:
«Si se realiza la opción de tributar el IRAE deberá liquidarse obligatoriamente este impuesto por un mínimo de tres ejercicios.»DGI — Servicios personales y el IRAEhttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/servicios-personales-opcion-inclusion-perceptiva-irae
Y arriba de cierto monto, es obligatorio
Si tus ingresos por servicios personales son altos, ya no podés elegir: el IRAE pasa a ser obligatorio (inclusión preceptiva).
Sobre la obligatoriedad:
«Deberán tributar preceptivamente el IRAE quienes obtengan rentas comprendidas en el IRPF por servicios personales prestados fuera de la relación de dependencia, cuando tales rentas superen los UI 4000000.»DGI — Servicios personales y el IRAEhttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/servicios-personales-opcion-inclusion-perceptiva-irae
¿Cuándo conviene cada uno?
En simple: el IRPF de servicios es progresivo y te permite una deducción ficta de gastos (un porcentaje), sin importar tus gastos reales. El IRAE grava tu ganancia neta, deduciendo gastos reales (o un ficto). Por eso, a grandes rasgos: si tenés muchos gastos reales y documentados, o ingresos altos, el IRAE suele convenir; si tenés ingresos bajos o medios y pocos gastos, el IRPF suele ser mejor. Mirá nuestros posts de IRPF, IRAE ficto y gastos deducibles.
Cómo optar
Para hacer uso de la opción de tributar IRAE, hay que comunicárselo a la DGI dentro de los tres meses del inicio de las actividades que generan rentas. La inclusión preceptiva (por superar el monto) opera sola, a partir del ejercicio siguiente.
De un vistazo
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Puedo elegir? | Sí: IRPF o IRAE |
| ¿La opción IRAE? | Te obliga por 3 ejercicios mínimo |
| ¿Cuándo es obligatorio el IRAE? | Si superás UI 4.000.000 |
| ¿Cuál conviene? | IRAE con muchos gastos / ingresos altos; IRPF si no |
En resumen: en servicios personales podés optar entre IRPF e IRAE (el IRAE te ata 3 años y es obligatorio arriba de UI 4.000.000). La mejor opción depende de tus gastos e ingresos. Hacé números con un contador antes de decidir.