Despido e indemnización en Uruguay: cuánto corresponde y cómo se calcula
Si despedís a un empleado (o te despiden), hay una indemnización: un mes de sueldo por año, con tope de seis. Cómo se calcula, qué entra y cuándo no corresponde — con fuentes oficiales.
El despido en el régimen común tiene una regla clara de indemnización. La conozcas como empleador (para presupuestar) o como trabajador (para saber qué te toca), conviene tenerla presente. Acá va lo esencial.
Cuánto: un mes por año, tope de seis
La fórmula base la fija el MTSS:
Según el MTSS:
«monto de la indemnización: remuneración total correspondiente a un mes de sueldo por cada año o fracción de actividad, con un límite de seis mensualidades como máximo»MTSS — Despido (régimen común)https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/institucional/derecho-laboral-uruguayo/despido-regimen-comun
Mensual vs jornalero
El cálculo difiere según la modalidad. Para el mensual no se exige antigüedad mínima y se cuenta un mes por año o fracción. Para el jornalero el cómputo se hace con una fórmula sobre los jornales y requiere haber generado cierta cantidad de jornales. El detalle del método está en el MTSS:
MTSS — Despido: método de cálculohttps://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/politicas-y-gestion/derecho-reglamentacion-laboral/derecho-laboral-uruguayo/despido-regimen-comun/metodo-calculoQué entra en el cálculo
La base no es solo el sueldo: la “remuneración total” incluye todo lo que tenga naturaleza salarial, como el aguinaldo y el salario vacacional, además de otras partidas. Lo vemos en nuestro post de aguinaldo y salario vacacional.
Cuándo no corresponde
Hay un caso clásico en que se pierde la indemnización: el despido por notoria mala conducta. Es una causal específica y debe poder probarse — no alcanza con alegarla.
No lo confundas con el seguro de paro
La indemnización por despido la paga el empleador. Es distinta del subsidio por desempleo (seguro de paro), que lo paga el BPS al trabajador que queda sin empleo. Son dos cosas separadas y pueden coexistir.
De un vistazo
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Cuánto? | 1 mes por año o fracción |
| ¿Tope? | 6 mensualidades |
| ¿Base? | Remuneración total (incluye aguinaldo, etc.) |
| ¿Cuándo no? | Despido por notoria mala conducta |
En resumen: la indemnización por despido común es un mes de sueldo por año trabajado, con tope de seis, sobre la remuneración total. El jornalero se calcula distinto y la notoria mala conducta la excluye. Verificá tu caso con el MTSS o un asesor laboral.