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Subsidio por enfermedad del BPS: cuánto cobrás si no podés trabajar

7 de junio de 2026

Si una enfermedad o accidente te impide trabajar, el BPS paga el 70% de tus ingresos. Quién accede (incluso independientes), cuánto y por cuánto tiempo — con fuentes oficiales.

Enfermarte no debería dejarte sin ingresos. Para eso existe el subsidio por enfermedad del BPS: una prestación que sustituye parte de tu sueldo mientras estás certificado. Acá va cómo funciona y quién puede cobrarlo.

Qué es

Según el BPS:

Según el BPS:

«Se otorga esta prestación a los trabajadores activos que por razones médicas se encuentran imposibilitados de trabajar, ya sea por enfermedad o por accidente de trabajo.»
BPS — Subsidio por enfermedadhttps://www.bps.gub.uy/4774/subsidio-por-enfermedad.html

Cuánto cobrás

El subsidio es una parte de tus ingresos, con un tope:

Sobre el monto:

«Los beneficiarios percibirán el equivalente al 70 % de todos sus ingresos que constituyan materia gravada (no se cuenta el aguinaldo), con un tope de $ 67.754 (01/2026).»
BPS — Subsidio por enfermedadhttps://www.bps.gub.uy/4774/subsidio-por-enfermedad.html

En criollo: cobrás el 70% de lo que ganabas (sobre la materia gravada, sin contar el aguinaldo), hasta un máximo. El cálculo se hace sobre el promedio de tus ingresos de los 180 días anteriores. El tope se actualiza, así que verificá el valor vigente.

Requisitos

Hay que tener un mínimo de actividad reciente: los jornaleros o destajistas necesitan 75 jornales en el año anterior; los mensuales, 3 meses de actividad efectiva en el año inmediato anterior. Y, por supuesto, estar certificado por razones médicas.

Cuánto dura

Podés estar amparado hasta un año, con la posibilidad de un año más de prórroga si la certificación es consecutiva, o hasta cuatro años interrumpidos por la misma dolencia. Es una cobertura pensada para enfermedades largas, no solo un resfrío.

Quién accede (sí, también independientes)

A diferencia del seguro de paro, este subsidio sí puede alcanzar a trabajadores no dependientes: monotributistas (titular o cónyuge colaborador, con hasta un dependiente, o hasta tres en zafra) y otros independientes que cumplan las condiciones. Por eso conviene conocerlo aunque trabajes por tu cuenta.

De un vistazo

PreguntaRespuesta
¿Cuándo?Enfermedad o accidente que impide trabajar
¿Cuánto?70% de los ingresos gravados (con tope)
¿Cuánto dura?Hasta 1 año (prorrogable)
¿Independientes?Sí, con condiciones (monotributo, etc.)

En resumen: el subsidio por enfermedad cubre el 70% de tus ingresos mientras una dolencia te impide trabajar, hasta por un año, y puede alcanzar a independientes. Certificate en regla y verificá tu caso y el tope vigente con el BPS.