Los aportes a la seguridad social (BPS) en Uruguay
Una guía clara de los aportes que cobra el BPS —jubilación, salud (FONASA) y FRL—: quién paga, cuánto y cómo. Con citas y enlaces oficiales.
Esto es sobre los aportes a la seguridad social (los que cobra el BPS), no sobre los impuestos (DGI). Tus aportes financian tres cosas: tu jubilación, tu salud y la recapacitación laboral. Veamos quién paga, de qué se componen y cuánto, con la cita oficial al lado.
Quién aporta
Si trabajás por tu cuenta, sos un “trabajador no dependiente” y le aportás al BPS. Podés hacerlo como unipersonal o a través de una sociedad.
«Pueden realizar la actividad en forma individual (unipersonal) o societaria (sociedad de hecho, sociedad de responsabilidad limitada, cooperativa, etc.).»BPS — Trabajadores no dependienteshttps://www.bps.gub.uy/16500/trabajadores-no-dependientes.html
Las tres partes de tu aporte
Es la parte que construye tu jubilación futura. Es la columna vertebral del aporte: financia las pasividades del sistema.
«Este aporte es una contribución especial de seguridad social, destinado a solventar las jubilaciones de los afiliados.»BPS — Aporte jubilatoriohttps://www.bps.gub.uy/10305/aporte-jubilatorio.html
Es la parte de salud: financia el Seguro Nacional de Salud, que te da cobertura médica (mutualista o ASSE). El BPS lo recauda y le paga a tu prestador.
«El Sistema Nacional Integrado de Salud reglamenta el derecho a la protección de salud de todos los habitantes del país, a través de un Seguro Nacional de Salud (SNS), financiado por el Fondo Nacional de Salud (Fonasa).»BPS — Fondo Nacional de Salud (Fonasa)https://www.bps.gub.uy/10310/fondo-nacional-de-salud-fonasa.html
Es un aporte chico destinado a la formación y recapacitación de los trabajadores (a cargo del INEFOP). Se paga aun cuando, en algunos casos, no corresponde el jubilatorio.
«Este fondo tiene como finalidad la recapacitación profesional de los trabajadores, fundamentalmente de aquellos que se encuentran desempleados, a través del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP).»BPS — Fondo de Reconversión Laboral (FRL)https://www.bps.gub.uy/10322/fondo-reconversion-laboral-frl.html
Cuánto se aporta (según la actividad)
Como unipersonal de Industria y Comercio aportás al menos el mínimo de la Categoría 1. El monto exacto depende de tu situación familiar.
«Categoría 1.ª: 11 BFC, monto gravado $20.328. Aporte mínimo mensual del titular según su situación: sin cónyuge y sin hijos (SS 15) $8.833; con cónyuge y con hijos (SS 16) $10.394.»BPS — Industria y Comercio (aportes mínimos)https://www.bps.gub.uy/6665/industria-y-comercio.html
Si recién empezás, hay un descuento: en los primeros tres años el aporte jubilatorio patronal se reduce de forma escalonada.
«Las empresas que inician actividad tienen una exoneración del aporte patronal jubilatorio del 75% durante el primer año de actividad, 50% durante el segundo y 25% durante el tercero, abonándose el aporte pleno a partir del cuarto año.»BPS — Régimen de aportación gradual (Ley 19.889)https://www.bps.gub.uy/17829/regimen-de-aportacion-gradual-vigente-desde-1_2021-ley-19889.html
Para actividades muy chicas, el monotributo es un aporte único y reducido al BPS, calculado sobre una base fija de 5 BFC.
«El titular, cónyuge o socio en el régimen de Monotributo, realizan sus aportes jubilatorios y el Fondo de Reconversión Laboral (FRL) sobre la base de un monto predeterminado que equivale a 5 BFC.»BPS — Aportación de monotributohttps://www.bps.gub.uy/10444/aportacion-de-monotributo.html
Cómo y cuándo se paga
Los aportes son mensuales. ¿La fecha? Depende del último dígito de tu RUT: el BPS publica un calendario de vencimientos con esa lógica.
«El vencimiento de las obligaciones mensuales se determina según el último dígito del número de RUT de la empresa.»BPS — Calendario de vencimientoshttps://www.bps.gub.uy/849/calendarios-de-vencimientos.html
Tabla: las partes del aporte
| Aporte | Para qué sirve | Quién lo administra |
|---|---|---|
| Jubilatorio | Tu jubilación futura | BPS |
| FONASA | Tu cobertura de salud (mutualista) | BPS (recauda) |
| FRL | Recapacitación laboral (INEFOP) | INEFOP (lo recauda el BPS) |
En resumen: como trabajador no dependiente aportás al BPS por tu jubilación, tu salud (FONASA) y el FRL. Cuánto depende de tu actividad: el mínimo de Industria y Comercio, con rebaja los primeros años, o la cuota única del monotributo. Casi todo es mensual, y la fecha depende del último dígito de tu RUT. Verificá siempre en el BPS. Tributo te arma el calendario con los montos y las fuentes.