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Tax holiday 2026: el beneficio fiscal para nuevos residentes, al día

4 de junio de 2026

Si te volvés residente fiscal en Uruguay podés elegir un régimen especial sobre tus rentas del exterior. Te explicamos las dos opciones, los plazos y a quién le conviene — con fuentes oficiales.

Uruguay ofrece un beneficio conocido como “tax holiday” a quienes se vuelven residentes fiscales: durante un tiempo, sus rentas de capital del exterior pagan menos. En 2026 este beneficio importa más que antes. Te lo explicamos en simple.

Qué es el tax holiday

Cuando una persona pasa a ser residente fiscal en Uruguay, sus rentas de capital del exterior (intereses, dividendos) podrían empezar a pagar IRPF. El tax holiday le permite elegir un trato especial durante un período: o seguir tributando como no residente, o pagar IRPF a una tasa reducida. Es una opción, y se ejerce una sola vez.

Las dos opciones

La primera opción es seguir pagando IRNR (el impuesto de los no residentes) por el año del cambio de residencia y los años siguientes. La DGI lo establece así:

La opción de seguir como no residente, según la DGI:

«el IRNR, por el ejercicio fiscal en que se verifique el cambio de residencia a territorio nacional y durante los 5 (cinco) ejercicios fiscales siguientes»
DGI — Tax holidays: opción para nuevos residentes fiscaleshttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/tax-holidays-opcion-para-nuevos-residentes-fiscales-uruguay

Ese plazo base de 5 años puede extenderse hasta un máximo de 10 ejercicios si la persona mantiene presencia real (más de 60 días al año) e invierte en inmuebles por más de UI 3.500.000 adquiridos después del 22 de enero de 2021. La segunda opción, en cambio, no tiene límite de tiempo:

La opción de la tasa reducida:

«el IRPF a la tasa 7% sin límite temporal»
DGI — Tax holidays: opción para nuevos residentes fiscaleshttps://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/tax-holidays-opcion-para-nuevos-residentes-fiscales-uruguay

Qué cambió en 2026

La Ley de Presupuesto 2025–2029 (N.º 20.446) amplió qué rentas de capital del exterior quedan gravadas por IRPF (al 12%). Por eso el tax holiday gana importancia: para un recién llegado con ahorros o inversiones afuera, elegir bien entre IRNR temporal y el 7% sin límite puede cambiar bastante su carga. La decisión depende de tu horizonte y tu tipo de renta.

Ley N.º 20.446 (Presupuesto 2025–2029) — IMPOhttps://www.impo.com.uy/bases/leyes-originales/20446-2025

¿A quién le conviene de verdad?

Seamos honestos: el beneficio sirve sobre todo a quien tiene rentas de capital relevantes en el exterior (intereses, dividendos). Si tu ingreso es básicamente tu trabajo, el tax holiday casi no te mueve la aguja. Quien tiene cartera afuera y se queda muchos años suele mirar el 7% sin límite; quien planea quedarse pocos años, la ventana de IRNR. Conviene asesorarse antes de optar.

Las opciones de un vistazo

OpciónQué pagásPlazo
IRNR (no residente)Como no residenteAño del cambio + 5 (hasta 10 con condiciones)
IRPF a tasa reducida7%Sin límite de tiempo
Sin opciónIRPF 12% sobre renta de capitalPermanente

En resumen: el tax holiday te deja elegir entre una ventana de IRNR (año + 5, hasta 10) o IRPF al 7% sin límite, en lugar del 12% general sobre rentas de capital del exterior. Es una opción de una sola vez y con plazos, así que vale planificarla. Verificá las condiciones vigentes en la DGI y asesorate antes de decidir.