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Tasas de IVA en Uruguay: 22% básica y 10% mínima

26 de julio de 2026

En Uruguay hay dos tasas de IVA: la básica del 22% y la mínima del 10%. Además existen operaciones exentas y exportaciones a tasa cero. Las cifras, con la cita textual de la ley y el enlace oficial.

En Uruguay el IVA tiene dos tasas: la tasa básica es del 22% y la tasa mínima es del 10%. La básica se aplica a la mayoría de los bienes y servicios; la mínima, a una lista acotada que fija la ley (alimentos básicos, medicamentos, hoteles, servicios de salud, entre otros). Aparte de esas dos tasas hay operaciones exentas —que no llevan IVA— y exportaciones, que van a tasa cero.

TasaAlícuotaEjemplos
Básica22%La mayoría de los bienes y servicios
Mínima10%Alimentos básicos, medicamentos, hoteles, servicios de salud
ExentosSin IVALeche, libros y diarios, arrendamientos de inmuebles, intereses bancarios
ExportacionesTasa ceroBienes exportados y exportación de servicios

Las tasas, en la ley

Las dos tasas están fijadas en el Título 10 (IVA) del Texto Ordenado 2023, artículo 34:

Título 10 (IVA), artículo 34 «Tasas»:

«Fíjanse las siguientes tasas: A) Básica del 22% (veintidós por ciento). B) Mínima del 10% (diez por ciento).»
IMPO — T.O. 2023, Título 10 (IVA), art. 34https://www.impo.com.uy/bases/todgi-2023/10-2024

Tasa mínima (10%): a qué se aplica

La tasa mínima no es una opción del vendedor: la ley enumera taxativamente qué bienes y servicios quedan en el 10%. El artículo 36 abre así:

Título 10 (IVA), artículo 36 «Tasa mínima», literal A:

«Estarán sujetos a esta tasa la circulación de los siguientes bienes y servicios: A) Pan blanco común y galleta de campaña, pescado, carne y menudencias, frescos, congelados o enfriados; aceites comestibles y crudos para su elaboración; arroz; harina de cereales y subproductos de su molienda; pastas y fideos; sal para uso doméstico; azúcar; yerba; café; té; jabón común; grasas comestibles; transporte de leche.»
IMPO — T.O. 2023, Título 10 (IVA), art. 36https://www.impo.com.uy/bases/todgi-2023/10-2024

El mismo artículo sigue con otras categorías: medicamentos y especialidades farmacéuticas, los servicios de hotelería relacionados con el hospedaje, los servicios de salud prestados fuera de la relación de dependencia, los paquetes turísticos locales, el gasoil y el transporte terrestre de pasajeros, entre otros. Si tu actividad no está en esa lista, va al 22%.

Exento no es lo mismo que tasa cero

Hay operaciones que directamente no llevan IVA: son las exoneraciones del artículo 38. Un ejemplo concreto:

Título 10 (IVA), artículo 38 «Exoneraciones», literal F:

«Leche pasterizada, ultrapasterizada, vitaminizada, descremada, en polvo, excepto la saborizada y la UHT o UAT (ultra alta temperatura).»
IMPO — T.O. 2023, Título 10 (IVA), art. 38https://www.impo.com.uy/bases/todgi-2023/10-2024

El mismo artículo exonera, entre otras cosas, los diarios, periódicos, revistas y libros, los arrendamientos de inmuebles y los intereses de depósitos y de operaciones bancarias. La diferencia práctica con la «tasa cero» es esta: si vendés exento, no cobrás IVA pero tampoco podés recuperar el IVA de tus compras (queda como costo). Si vendés a tasa cero, tampoco cobrás IVA, pero sí podés recuperar el IVA que pagaste.

El caso típico de tasa cero es la exportación. La ley lo dice al definir el territorio del impuesto:

Título 10 (IVA), artículo 5 «Territorialidad»:

«Estarán gravadas las entregas de bienes y las prestaciones de servicios realizadas en el territorio nacional y la introducción efectiva de bienes, independientemente del lugar en que se haya celebrado el contrato y del domicilio, residencia o nacionalidad de quienes intervengan en las operaciones y no lo estarán las exportaciones de bienes. Tampoco estarán gravadas aquellas exportaciones de servicios que determine el Poder Ejecutivo.»
IMPO — T.O. 2023, Título 10 (IVA), art. 5https://www.impo.com.uy/bases/todgi-2023/10-2024

Y el artículo 14 agrega la otra mitad: en las exportaciones se puede deducir el IVA de los bienes y servicios que integran el costo de lo exportado, y si de ahí surge un crédito a favor del exportador, ese crédito se devuelve o se imputa al pago de otros impuestos o aportes previsionales. Por eso hablamos de «tasa cero» y no de exención: la venta no lleva IVA y además el IVA de las compras se recupera.

IMPO — T.O. 2023, Título 10 (IVA), art. 14 (liquidación del impuesto)https://www.impo.com.uy/bases/todgi-2023/10-2024

Cómo se calcula el IVA de tu empresa

La cuenta es simple: IVA débito (el que le cobrás a tus clientes en tus facturas) menos IVA crédito (el que pagaste en tus compras vinculadas a la actividad gravada) es igual a lo que le pagás a la DGI. Si el crédito supera al débito, el saldo pasa al mes siguiente.

Hay una excepción importante para los más chicos: las empresas amparadas en el régimen de pequeña empresa (Literal E) no liquidan el IVA de esa forma, sino que pagan una suma fija mensual, el IVA mínimo. Lo explicamos en detalle en el artículo enlazado abajo.

Preguntas frecuentes

  • ¿Cuál es la tasa general de IVA en Uruguay? La tasa básica del 22%, fijada en el artículo 34 del Título 10.
  • ¿Cuándo se aplica el 10%? Solo a los bienes y servicios que la ley enumera en el artículo 36: alimentos básicos, medicamentos, hoteles, servicios de salud, paquetes turísticos, gasoil, transporte de pasajeros, entre otros.
  • ¿Hay tasa cero en Uruguay? Sí, en los hechos: las exportaciones de bienes no están gravadas y el exportador recupera el IVA de sus compras.
  • ¿Exento y tasa cero es lo mismo? No. En ambos casos no cobrás IVA, pero solo en la tasa cero podés recuperar el IVA de tus compras.
  • ¿Puede bajar el 22%? La ley faculta al Poder Ejecutivo a reducir gradualmente la tasa básica hasta el 20%, pero hoy la tasa vigente sigue siendo 22%.
  • Soy unipersonal chica, ¿pago el 22%? Si estás en Literal E pagás el IVA mínimo, una suma fija mensual, en lugar de liquidar por tasas.

Resumen: 22% es la tasa básica, 10% la mínima para la lista del artículo 36, hay operaciones exentas sin derecho a recuperar el IVA de las compras, y las exportaciones van a tasa cero con recupero. Antes de aplicar una tasa distinta al 22%, verificá que tu bien o servicio esté efectivamente en la lista de la ley.